Fumar en el vestuario de una fábrica de alimentación puede parecer una falta menor, pero para el Tribunal Superior de Justicia de Murcia fue motivo suficiente para un despido procedente. El caso deja una lección clara sobre cómo pesan la seguridad y la normativa sectorial a la hora de calificar una falta como muy grave.
Te contamos qué dijo la sentencia y por qué el despido se confirmó pese a tratarse, en apariencia, de una infracción leve. 👇
🔎 Lo esencial: el TSJ de Murcia declara procedente el despido de un trabajador de una empresa alimentaria que fue sorprendido fumando en los vestuarios, al calificar la conducta como falta muy grave conforme al convenio colectivo del sector.
La empresa, del sector de conservas vegetales, despidió a un trabajador tras sorprenderlo fumando en el vestuario. En las instalaciones había carteles visibles con la prohibición de fumar en todo el recinto, además de avisos previos por incidencias similares detectadas en auditorías de clientes. El trabajador recurrió alegando que la sanción era desproporcionada.
El TSJ de Murcia estimó el recurso de la empresa y confirmó el despido, apoyándose en tres pilares:
La Sala fue explícita en que la tipicidad de la falta se cumplía y que, atendiendo a los intereses en juego (seguridad, higiene y cumplimiento de la normativa antitabaco), la sanción respetaba el principio de proporcionalidad: no se trataba de un capricho personal del trabajador, sino de una conducta con efectos directos sobre terceros y sobre el cumplimiento legal de la empresa.
✅ Resumen rápido
• Fumar donde está prohibido por seguridad e higiene puede ser falta muy grave si el convenio lo recoge así
• La señalización clara de la prohibición (carteles, avisos) refuerza la validez del despido
• En sectores alimentarios, la exigencia de higiene pesa especialmente en la valoración
• La normativa antitabaco de centros de trabajo respalda que la empresa no pueda ser permisiva
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