A continuación, vamos a comentar de forma concreta todo lo que necesita conocer sobre el Expediente temporal de empleo por COVID 19
Que empresas podrán acogerse a un ERTE:
2. Situaciones de fuerza mayor que resulten de la situación generada por el estado de alarma o por la crisis del COVID-19:
¿Qué administración tiene la competencia para tramitar este tipo de expedientes?
Cuestiones importantes a tener en cuenta por parte de las empresas en la solicitud de un ERTE
Fundamentación
Estas solicitudes, aparte de estar debidamente cumplimentadas en sus campos obligatorios, deberán explicar, además, la causa en la que se fundamenta el Expediente de regulacion temporal de empleo por COVID 19:
En el caso de tratarse de una actividad de las relacionadas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se incluirá:
a) la actividad a la que se dedica la empresa coincidente con la que se se prohíbe su continuidad.
b) documentación relativa a la inscripción en la seguridad social del código de cuenta de cotización.
c) CNAE.
En el resto de los supuestos, la empresa deberá informar suficientemente de las causas en las que se fundamenta la solicitud y la existencia de la fuerza mayor, debiendo aportar la documentación que se estime oportuna para acreditarla.
La empresa deberá comunicar su solicitud a las personas trabajadoras y trasladar el informe y la documentación acreditativa, en caso de existir, a la representación de estas.
Medidas a aplicar
Se reflejará si la empresa va a proceder a la suspensión de los contratos de los trabajadores o a la reducción de su jornada.
Duración
En caso de que la Autoridad Laboral constatase la existencia de fuerza mayor la duración de la misma no podrá ser superior a la del estado de alarma.
Tras la admisión de la solicitud, la Autoridad Laboral podrá pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se emitirá en el plazo de 5 días.
El silencio es positivo.
Fuente. Consejería de Empleo, trabajo y empleo autónomo