Cómo se calcula la base reguladora de una IT cuando la baja médica se inicia en el mismo mes en que comienza la actividad laboral?

Se dividirá la base de cotización del mes de la baja por el número de días que corresponda a tal cotización. En el supuesto de que se trate de un nuevo contrato, aunque pudiera existir una base de cotización en esa misma empresa, o en otra en el mes anterior, se dividirá la base de cotización del nuevo contrato entre los días cotizados de éste. Si se diese la circunstancia de que la baja médica se produjese el mismo día de iniciar la actividad laboral, la base reguladora se calculará teniendo en cuenta las retribuciones que debería percibir el trabajador durante el mes que tenía que empezar su relación laboral.

Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal y durante la misma se extinga su contrato, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal, en cuantía igual a la prestación por desempleo, hasta que finalice la incapacidad. A partir del alta, el trabajador estará en situación legal de desempleo (si la extinción de la relación laboral se considera como tal, según el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social) y, si reúne los requisitos necesarios, podrá acceder a la prestación por desempleo de nivel contributivo.Cuando la incapacidad temporal derive de contingencias comunes se descontará del periodo de percepción de la prestación por desempleo, como tiempo ya consumido, el que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal desde la fecha de la extinción del contrato de trabajo.

La entidad gestora de las prestaciones por desempleo efectuará las cotizaciones a la Seguridad Social, asumiendo la aportación que corresponde al trabajador por el período que se descuenta como consumido.

En el caso de que la incapacidad temporal derive de contingencias profesionales no se descontará del periodo de percepción de la prestación por desempleo el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal.

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