Expediente de regulación de empleo: ERE
Expediente de regulación temporal de empleo: ERTE

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¿Que es un ERE?

El ERE o expediente de regulación de empleo es un mecanismo legal utilizado por las empresas para suspender, reducir la jornada o despedir a un porcentaje elevado de la plantilla, ante circunstancias económicas, técnicas u organizativas adversas.

Dichas causas se encuentran recogidas en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, en referencia al despido colectivo:

  • Causas económicas: cuando la compañía sufre pérdidas económicas o disminución persistente de las ventas y los ingresos.
  • Causas técnicas: en los casos en los que se necesitan implementar nuevos medios de producción que sustituyan la mano de obra empleada hasta el momento.
  • Causas organizativas: las causas organizativas están relacionadas con cambios necesarios en los métodos de trabajo o en las formas de organizar la fabricación.
  • Causas de producción: estas se originan por un cambio en los hábitos de consumo del usuario que obliga a modificar los productos o servicios que oferta la compañía.

¿Que es un ERTE?

El ERE temporal no conlleva la finalización del contrato de trabajo, sino que se produce una suspensión, bien por un determinado periodo de tiempo, bien mediante la reducción de la jornada laboral.

El ERE temporal está regulado por el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre. Así, aunque en este caso el trabajador no tenga derecho a percibir ninguna indemnización por despido, la pérdida de retribución de carácter temporal sí se verá compensada a través del sistema de prestación por desempleo. Esta ayuda se puede complementar, además, con la incorporación a un nuevo puesto de trabajo en otra compañía. Una vez finalizado el periodo de duración del ERTE, el profesional tiene derecho a incorporarse a su puesto anterior, conservando la antigüedad y las mismas condiciones.

¿Cuantos tipos de ERE existen?

ERE de extinción. Es el despido colectivo y supone el cese definitivo de la relación laboral entre la empresa y los trabajadores. Estos trabajadores tendrían derecho a la prestación por desempleo y a una indemnización por despido, entre otros derechos.

ERE de suspensión. Supone la implantación de un nuevo calendario laboral, que puede afectar a la totalidad de la plantilla o solo a parte de esta. En este nuevo calendario se señalarán los días de suspensión en los que el empleado debe quedarse en casa. El trabajador podrá cobrar la prestación por desempleo proporcional a la parte de la jornada laboral suspendida. También mantendrá su cotización a la Seguridad Social por el 100% de la jornada.

ERE de reducción de jornada. Es parecido al anterior, con la diferencia de que en lugar de suspender días de trabajo del empleado, lo que se reduce es su jornada horaria durante algunos días de la semana. También como en el caso anterior, el trabajador mantiene su cotización a la Seguridad Social por el 100% de la jornada y puede solicitar la prestación por desempleo proporcional a las horas que deja de trabajar.

¿Cómo le afecta al trabajador?

  • A ser indemnizado por una cuantía de, al menos, 20 días por año trabajado (hasta un máximo de 12 mensualidades). Si la empresa no puede hacer frente al pago, lo hará el Fogasa.
  • A percibir la prestación por desempleo si cumple los requisitos.
  • A ser incluido en un plan de colocación realizado por una agencia externa.
  • A impugnar judicialmente el ERE si no se cumplen los requisitos legales o no se respeta alguno de sus derechos.

Conclusión

Como puede comprobar un ERE aunque es un procedimiento mas común de lo que se piensa no es menos cierto que requiere de un asesoramiento mas especifico pues según como se desarrolle el procedimiento las posibilidades de ser impugnado pueden variar.

No dude en consultarnos en caso de que se vea inmerso en un procedimiento de estas características.

 

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